Los Alcarrizos.- El Tribunal Superior Electoral (TSE),declaró inadmisibles 2 casos relativos a conflictos por candidaturas debido a que los accionantes no utilizaron el procedimiento judicial adecuado.

Los jueces determinaron, al conocer las acciones de amparo, que conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los procedimientos constitucionales, existe la vía del recurso de apelación para obtener la protección de los derechos alegadamente conculcados por los accionantes.

La disposición tocó las acciones de amparo elevadas por los postulantes:Jesús María Prestol (Los Alcarrizos) y Rubén Darío Piña de León (Pedro Brand),Francisco Osorio Rosario (Distrito Nacional); Marcorelis Contreras Carmona (Yamasá); Esmeraldo Taveras (Santiago).



La sentencia hace constar que tienen hábil el plazo para accionar. Las audiencias se conocieron este sábado 28 de diciembre.